El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó los lineamientos sectoriales para la reanudación gradual y progresiva de los servicios de telecomunicaciones, estableciendo que la reinicio de esta actividad, como parte de la Fase 1 de la estrategia de Reactivación económica del Ejecutivo, priorizará la prevención y vigilancia de la salud de los trabajadores.
Mediante la Resolución Ministerial Nº 0260-2020-MTC/01, publicada en la edición extraordinaria de la Normas Legales del diario oficial El Peruano, se estipula que en la etapa preoperativa: se elaborarán los planes, protocolos y otros requisitos para la reanudación de servicios, las contrataciones de insumos y servicios conexos, el traslado de equipos y maquinarias, entre otras actividades, antes de la prestación efectiva del servicio.
Posteriormente, en la etapa operativa se promocionará y prestará el servicio de telecomunicación como la comunicación a los usuarios de las modalidades de atención y los canales, la instalación o mantenimiento, entre otros. “Para la Fase I de la Reanudación económica, la etapa operativa se inicia a partir del 18 de Mayo de 2020, siempre que cuenten con la autorización de la entidad”, indica la norma.
Los lineamientos para los servicios de telecomunicaciones señalan que la Dirección General de Programas y Proyectos en Comunicaciones del MTC es la responsable de aplicar los criterios de focalización según corresponda; evaluar el cumplimiento de los requisitos exigidos; y autorizar la reanudación de actividades.
Asimismo, estará a cargo de notificar la autorización de reactivación a las autoridades fiscalizadoras; reportar las incidencias en los servicios bajo su competencia; y coordinar con los gobiernos locales y regionales la reanudación o continuidad de los servicios según la competencia de estos.
Criterios de focalización y requisitos para el reinicio
La norma aprobó también los criterios de focalización para la reanudación de los servicios: territorialidad, impacto social y económico, aseguramiento de los Elementos de Protección Personal (EPP), aseguramiento de limpieza y desinfección y nivel de supervisión.
Asimismo, establece como requisitos la presentación de un documento que refiera el ámbito donde se prestará el servicio; un plan de reanudación, y declaraciones juradas que garanticen que el contratista cuenta con las condiciones de limpieza y desinfección, elementos de protección para el persona y el cumplimiento del distanciamiento social.
El procedimiento para la autorización de la reanudación de los servicios determina que el MTC evaluará los servicios que pueden reanudarse, lo cual es comunicado, mediante correo electrónico o cualquier otro medio a las empresas concesionarias de servicios de telecomunicaciones. Tras ello, el concesionario presenta su solicitud de reanudación mediante correo electrónico o cualquier otro medio dispuesto, adjuntando los requisitos.
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