La entidad precisó que, en virtud de la Resolución de Superintendencia Nº 00000104-2020-Migraciones, en tanto dure esta medida extraordinaria decretada por el Gobierno peruano se mantienen suspendidos, desde el 16 de marzo, los plazos administrativos y multas por exceso de permanencia en relación con la regularización migratoria para los ciudadanos extranjeros.
También se ha extendido, hasta que culmine el estado de excepción, el plazo de vigencia de la calidad migratoria temporal o residente que tenga una persona extranjera en el país.
Migraciones indicó que estas personas podrán regularizar su situación migratoria al concluir el estado de emergencia.
De igual manera, se mantienen suspendidas las ejecuciones de orden de salida para abandonar el país del extranjero, cuyo trámite de cambio de calidad migratoria o prórroga ha sido denegado.
En tanto, permanecen extendidos los plazos de permisos especiales otorgados a los extranjeros para que se puedan ausentar del territorio nacional, así como a los que son residentes y están fuera del país.
La resolución de la Superintendencia autoriza la reprogramación de las citas relacionadas con trámites de procedimientos administrativos y servicios brindados por Migraciones una vez que termine el estado de emergencia nacional.
Fuente: El Peruano
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